La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará esta semana las condiciones para que los monotributistas puedan adherirse al blanqueo de capitales y regularicen sus bienes e inmuebles.
A través de la resolución N°5561/24, el organismo reglamentará algunos aspectos referidos a la regulación de obras sobre inmuebles y bienes de cambio.
Por ejemplo, los activos declarados por pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado no serán tomados en cuenta como antecedentes para su exclusión o recategorización en períodos anteriores a la declaración. De esta manera, se busca incentivar su adhesión al “Régimen de Regularización de Activos”.
Con respecto a los requisitos para acreditar la titularidad de inmuebles, deberán presentar la escritura traslativa de dominio o, en su defecto, un boleto de compraventa “con posesión u otro compromiso similar con certificación notarial, siempre que se haya entregado la posesión antes del 31 de diciembre de 2023″.
En tanto que para acreditar la valuación de las obras y mejoras se deberán adjuntar, facturas o documentos equivalentes que respalden las inversiones realizadas y/o informe técnico de un profesional que certifique la valoración de las mejoras y/o certificado de avance de obra y/o contrato de locación de obra.
Asimismo, la titularidad de los bienes de cambio, bienes en proceso de producción y bienes terminados al 31 de diciembre de 2023 podrá ser acreditada si se presenta la factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, contratos relacionados con la adquisición de los bienes o cualquier otro medio fehaciente que demuestre la titularidad, con detalles que incluyan la descripción y cantidad de los bienes.
Por otra parte, la valuación se acreditará mediante la documentación mencionada anteriormente sumado otros papeles como las pólizas de seguro que contengan la valuación de los bienes, sitios web de compra-venta de bienes que indiquen el valor de mercado o valoraciones realizadas por profesionales expertos, como martilleros o rematadores.
“Estas modificaciones buscan optimizar la operatividad del régimen y ofrecer mayor claridad a los contribuyentes interesados en regularizar sus activos”, explicaron desde la AFIP.
Bienes Personales: quiénes pueden adherir al REIBP y cuáles son sus requisitos
Quiénes accedieron previamente al blanqueo de capitales, podrán adherirse al Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) desde el 7 de octubre de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025.
Según la AFIP, pueden acceder al REIBP los siguientes beneficiarios durante cinco años:
- Las personas humanas que al 31 de diciembre de 2023 no eran residentes fiscales en la Argentina.
- Beneficiarios de sucesiones radicadas en el país al 31 de diciembre del 2023;
- Aquellos que al 31 de diciembre de 2023 no eran residentes fiscales en la Argentina, pero que revirtieron la condición antes de dicha fecha.
En el caso de los residentes fiscales en la Argentina al 31 de diciembre del 2023, deben cumplir con los siguientes requisitos para acceder al REIBP:
- Contar con CUIL o CUIT;
- Poseer Clave Fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo;
- Domicilio fiscal actualizado;
- Tener el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)″;
- Poseer domicilio fiscal electrónico.