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Cómo hacer un descargo por una infracción que no cometí

Las multas pueden ser recientes o haberse labrado hace años sin que el conductor se haya enterado. Pueden tener foto o carecer de ella. La presunta infracción de tránsito pudo haberse cometido en una gran autopista de la propia ciudad o en una ruta de un pueblo alejado en una provincia remota. De cualquier modo, lo que siempre generan estos episodios son dolores de cabeza, y muchas dudas sobre cómo actuar.

La cuestión es delicada porque tener multas impagas puede ser un obstáculo para realizar trámites importantes. De hecho, muchos se terminan enterando de la existencia de estas multas cuando intentan renovar el registro o vender el vehículo, y no pueden obtener el “libre deuda”.

Un acta mal confeccionada te puede salvar de tener que pagar una infracción. Foto: Télam.com.
Un acta mal confeccionada te puede salvar de tener que pagar una infracción. Foto: Télam.com.

La notificación de la infracción de tránsito

  • Es un requisito de validez de las notificaciones de sanciones e infracciones de tránsito que sean notificadas al presunto infractor.
  • Esto posibilita el ejercicio del derecho constitucional de defensa en juicio Artículo 18 de la Constitución Nacional, de la posibilidad, opcional, de hacer un descargo.
  • Aparte, la notificación de la sanción con los antecedentes, falta cometida y demás, hechos y derecho, es un requisito del debido proceso administrativo y en su caso judicial.
  • En caso de no haber recibido la notificación, es un derecho a pedir la reapertura del procedimiento, y el reinicio del cómputo de los plazos, sea para pago voluntario o para presentar las defensas.

Elementos en los cuales debe estar basado un descargo

  • Inexistencia de la falta: es decir, cuando la supuesta infracción no existió, por ejemplo, un exceso de velocidad cuando la velocidad registrada es inferior a la permitida.
  • Prescripción: habiéndose cumplido el plazo de prescripción que establece la ley (hoy en día rige 5 años para todo el país) y no existiendo ninguna causal de interrupción, uno debe pedir el archivo de la misma por prescripción. Es importante resaltar que esto no opera siempre de oficio, sino que uno debe ir a solicitarlo.
  • Defecto de forma: la conducta descripta en la multa existe, sin embargo, la misma carece de algún elemento esencial para que sea válida, por ejemplo la imposibilidad de lectura de la patente en una fotomulta.
  • Situación excepcional: casos de violación de ciertas normas de tránsito por emergencias, por ejemplo, médicas. Con la documentación que lo acredite
  • Otros: casos en los cuales la infracción está bien labrada, pero no procede por otra situación. Ejemplo: Permisos especiales (correo, personas con discapacidad, entre otros).

¿Dónde se puede encontrar asesoramiento?

La presentación de estos descargos (general o 10 % de tolerancia en la velocidad excedida) -excepto el formulario de pago voluntario- implica la renuncia al pago voluntario de la multa, por lo que es importante consultar previamente:

  • Por vía telefónica al 0800 222 5262.
  • Por Whatsapp al +54 9 221 358 1323.
  • Por Twitter o Instagram en @defensoriaPBA.
  • Al mail contacto@defensorba.org.ar
Enterate cuál es la oficina de tránsito más cercana en CABA. Foto: Gobierno de la Ciudad.
Enterate cuál es la oficina de tránsito más cercana en CABA. Foto: Gobierno de la Ciudad.

¿Cómo debe estar hecha un acta de infracción para ser válida?

Según informa Vialidad Nacional, toda acta de infracción de una multa fotográfica debe incluir:

  • Datos del Municipio que realizó la multa.
  • La fecha exacta en la que fue cometida la presunta infracción (día, hora, mes y año) el lugar preciso (ruta y kilómetro).
  • La velocidad máxima permitida y la velocidad a la que presuntamente circulaba el vehículo (en km/h).
  • La firma de la autoridad pública interviniente.
  • Todos los datos del cinemómetro o radar utilizado para constatar la presunta falta: La marca El modelo o código de aprobación El N° de serie y El número de disposición de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) que autorizó la utilización de ese artefacto.
  • La matrícula habilitante del operador del radar, otorgada por ANSV.
  • Los datos de contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo competente.

¿Cómo y cuándo se debe notificar una infracción para ser válida?

Siempre que se haga una multa, la autoridad de control tiene 60 días hábiles para notificar al conductor de una manera fehaciente:

  • Pasado ese plazo, afirma, ya no tiene validez ninguna comunicación.
  • Además aclara que, si se estaba manejando en ruta, debe haber un aviso casi inmediato.

¿Pero se puede hacer esa defensa a distancia o es necesario viajar hasta el lugar?

Cuando la persona viva a más de 60 kilómetros, tiene derecho a que le permitan realizar su descargo a distancia (online) o al menos ante el Tribunal que corresponda a su domicilio.

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